Caso Financial Pacific: Corte Suprema admite parcialmente recursos y rechaza el presentado por Mayte Pellegrini

La resolución también establece que no se admitieron los recursos de casación presentados por la defensa de Vivian Lizbeth Villarreal Andrió.

Caso Financial Pacific / TVN Noticias

La Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia admitió parcialmente los recursos de casación presentados por algunos de los procesados en el caso Financial Pacific, pero no admitió el recurso presentado por Mayte del Carmen Pellegrini Puerta, según el Edicto N.° 94, emitido este 28 de septiembre de 2026.

La decisión está contenida en el Edicto N.° 94, fechado el 24 de septiembre de 2026, emitido dentro de la Entrada N.° 27-2026 C.

En el caso de Carlos Alberto Pellegrini Puerta, representado por los abogados Joel Hernández Arosemena y Pedro Meilán Núñez, la Sala admitió la segunda causal del recurso de casación, pero no admitió la primera ni la tercera.

En tanto, respecto a Carmen Alicia Puerta de León, la Corte admitió la primera y segunda causal y rechazó la tercera.

La resolución también establece que no se admitieron los recursos de casación presentados por la abogada Yarissa Carolina Cossío, en representación de Vivian Lizbeth Villarreal Andrión; por la firma Fonseca, Barrios & Asociados, en representación de Hernán Cortez Rodríguez; y por el abogado Arturo Sauri Muñoz, en representación de Mayte del Carmen Pellegrini Puerta.

Los recursos presentados, en el caso de las admisiones, pretenden revertir las condenas confirmadas en segunda instancia.

El pasado 19 de mayo, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales confirmó la condena de 96 meses de prisión para Iván Clare Arias y Mayte Pellegrini Puerta, exejecutivos de la liquidada casa de valores Financial Pacific (FP), como autores del delito contra el patrimonio económico en la modalidad de estafa agravada en perjuicio de la sociedad extranjera Caye Internacional Bank Ltd.

El proceso continúa

Tras determinar cuáles causales de los recursos serán analizadas, la Sala Segunda de lo Penal ordenó trasladar el expediente a la Procuraduría General de la Nación para que emita su concepto.

La Procuraduría contará con un plazo de cinco días hábiles, conforme a lo establecido en el artículo 2441 del Código Judicial.

La resolución fue firmada por el magistrado suplente Juan Francisco Castillo Canto, (por María Eugenia López), y los magistrados Maribel Cornejo Batista y Ariadne Maribel García Angulo, y por la secretaria judicial Elvia Vergara Atencio.

El edicto fue fijado hoy 28 de septiembre de 2026, a las 9:00 a.m., por un término de cinco días para notificar a las partes.

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