Mina de cobre: La comisión recomienda 'negociar' con First Quantum cierre progresivo y finiquito de arbitraje

La Comisión asegura que las conversaciones que se inicien con la empresa no comprometen al Estado con un resultado, sino que permiten determinar qué condiciones pueden formar parte de un acuerdo que salvaguarde los intereses de la República.

Mina de Cobre en Donoso. / TVN Noticias

Panamá/La Comisión Interministerial le ha recomendado al presidente José Raúl Mulino que autorice "negociaciones" formales con Cobre Panamá / First Quantum Minerals Ltd.

El objetivo sería evaluar un acuerdo que permita cerrar los arbitrajes internacionales que están pendientes y establecer las condiciones para un cierre ordenado de la mina. Se busca que esto no le cueste nada al Estado y que no haya posibilidad de prórrogas.

Autorizar el inicio de negociaciones formales con COBRE PANAMÁ / FIRST QUANTUM MINERALS LTD. para evaluar la viabilidad de un nuevo acuerdo que permita finiquitar los arbitrajes internacionales pendientes y establecer las condiciones para una puesta en marcha que permita lograr un cierre ordenado, sin costo para la Nación, sin posibilidad de prórroga, poniendo los intereses ambientales, sociales y económicos de la Nación como prioridad, con absoluta transparencia, cumpliendo con el fallo de la Corte Suprema de Justicia y buscando el beneficio de todos los panameños", se lee en el informe.

De acuerdo con la Comisión, se coloca esta decisión antes que todas las demás, porque todas las condiciones que el informe recomienda "requieren una contraparte con la cual puedan evaluarse y, si hay acuerdo, formalizarse. El Estado no debe presumir la viabilidad de una solución que no ha verificado con quien tendría que ejecutarla".

Autorizar estas conversaciones no compromete al Estado con un resultado: permite determinar qué condiciones pueden formar parte de un acuerdo que salvaguarde los intereses de la República", se indica.

La Comisión también dejó claro que esta recomendación no pone una fecha para retomar actividades en el sitio, ni es una decisión tomada todavía.

Puede leer: Mulino sobre futuro de la Mina de Cobre: 'Este informe no es una decisión y no propone ninguna fecha de operación'

Seis criterios que no se pueden negociar

El informe establece seis condiciones que deben cumplirse sí o sí en cualquier solución o conversación con la empresa. No son simples deseos, sino requisitos indispensables para que cualquier propuesta sea viable.

  • El primero es el cumplimiento del fallo de la Corte Suprema y de la Ley 407 de 2023. La Comisión advierte que nada de esto puede restablecer el Contrato-Ley 406, que fue declarado inconstitucional. El nuevo acuerdo no puede ser ni un tercer contrato-ley ni una concesión minera, debido a la prohibición de otorgar nuevos contratos de concesión.
  • El segundo punto es la soberanía del Estado sobre los yacimientos. La Nación sigue siendo la dueña de los minerales, y la forma en que el Estado participe se definirá mediante los instrumentos legales correspondientes.
  • El tercero es que no debe haber costo fiscal para los panameños. Es una regla de orden público: no se puede usar ni un centavo del Presupuesto General del Estado para la operación o el cierre de la mina, porque eso causaría un desastre económico para la ciudadanía.
  • El cuarto criterio es la transparencia real, no solo de palabra. Esto significa que la información sobre la operación de la mina debe estar disponible, ser verificable y de consulta abierta para todos los ciudadanos.
  • El quinto exige dar prioridad a quienes fueron afectados directamente por el cierre, es decir, a las comunidades cercanas y a las empresas panameñas afectadas.
  • El sexto es la supervisión bajo estándares internacionales, con revisiones independientes para asegurar que el cierre sea seguro.

La Comisión insiste en que cualquier equipo negociador debe respetar estos seis puntos, que no son materia de discusión.

Lo que la Comisión dice sobre el fallo de la Corte

El análisis legal de la Comisión parte de que la ley que aprobó el contrato minero fue declarada inconstitucional; en ese sentido, señala que el fallo se basó en la protección de derechos fundamentales, ambientales y el interés público. A juicio de la Comisión, que estuvo integrada por el ministro de Comercio, Julio Moltó, el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, y el ministro de Ambiente, Juan Carlos Navarro, hubo temas que la Corte no resolvió.

Así las cosas, el informe menciona que el fallo no decidió qué hacer físicamente con el sitio, ni prohibió la actividad minera en sí. El problema principal fue que el modelo elegido, que era un contrato-ley, no cumplía con la Constitución.

Por eso, le proponen al presidente que el nuevo instrumento no sea ni un contrato-ley ni una concesión. También recomiendan hacer un análisis jurídico profundo para que cualquier acuerdo respete la Constitución y corrija las fallas del contrato anterior, publicando además un dictamen jurídico al respecto.

Asegurar un análisis jurídico exhaustivo para que cualquier acuerdo al que se llegue cumpla con la Constitución y las leyes de la República y atienda las deficiencias observadas por el fallo de inconstitucionalidad de la Corte Suprema de Justicia respecto del Contrato-Ley 406, mediante dictamen jurídico publicado", dice el informe.

Esto deberá estar contemplado en el dictamen jurídico publicado, con la opinión que se solicite al Procuradur General de la Nación y a la Procuradora de la Administración, de acuerdo con la Comisión. Además, se dispone que la terminación o finiquito de los arbitrajes internacionales pendientes sea una condición obligatoria para llevar a cabo cualquier acuerdo.

Cabe señalar que, respecto al fallo de la Corte Suprema de Justicia de noviembre de 2023, que igualmente alude al fallo de 2017 sobre la mina de cobre, y dejó sin efecto el contrato de explotación en la mina de Cobre Panamá, los magistrados expusieron que las concesiones en general y las concesiones mineras en particular fueron “objeto de legislación” a través de la Ley de 2006 y del Código de Recursos Minerales.

Dejan claro en el análisis constitucional de fondo que el Código de Recursos Minerales contempla el método de “solicitud”, una alternativa que, como la licitación, no fue llevada a cabo de cara al contrato mediante la Ley N.º 406 de 2023, que optó por un mecanismo de “negociaciones” que corresponde al derecho privado e “impropio del derecho administrativo”, que, en este caso, debe seguir el principio de legalidad, basado en las leyes aplicables existentes.

Como el informe solo establece los principios generales que deben guiar la negociación. Establecen así ocho principios, que según la comisión se deben seguir:

  • La Nación es la dueña del yacimiento, no un Estado que solo cobra regalías.
  • El Estado debe verificar el flujo de recursos por su cuenta y no solo confiar en lo que la empresa reporte.
  • Debe haber una fecha de cierre definitivo sin posibilidad de prórroga.
  • El sitio de la mina no puede crecer y debe reducirse progresivamente.
  • Debe haber un mecanismo claro para rehabilitar el lugar.
  • El control estatal debe ser efectivo y real, no solo de papel. La transparencia es una obligación.
  • Los recursos de la mina deben ser gestionados de forma transparente y a la vista de todos.

El cierre progresivo, ¿qué se recomienda?

Insisten en que debe darse un cierre progresivo, con fecha y financiamiento; planteando como propuesta un modelo autofinanciado basado en la propiedad de la Nación sobre los minerales.

Se busca que la huella de la mina no crezca y que se reduzca poco a poco de forma verificable. Además, se debe fijar una fecha final de cierre y asegurar que los costos de restauración estén identificados y financiados desde el principio, trabajando por etapas para reducir el impacto ambiental durante el proceso.

En la parte económica, el informe recomienda que el nuevo modelo genere mucho más beneficio que los anteriores, y que se publique la comparación para que la gente pueda verlo. Los recursos deben usarse con total transparencia y tener beneficios claros para la gente, permitiendo rastrear el dinero hasta la obra final. Una parte de los ingresos se destinaría automáticamente a un plan ambiental manejado por el Ministerio de Ambiente.

Para gestionar esto, la Comisión sugiere un esquema con autonomía real, gestión profesional y que esté alejado de los ciclos políticos. El acceso a la información debe ser total, incluyendo contratos, quiénes son los dueños finales y las auditorías de sitio que deben incluir a las comunidades locales.

Se pide, además, empezar programas de ayuda para las comunidades cercanas, enfocándose en agua, salud, saneamiento y electricidad. También se recomienda formalizar el monitoreo comunitario y crear programas de apoyo para las pequeñas y medianas empresas que se vieron afectadas por el cierre.

Lea aquí el informe:

Documento
Estudio, Análisis e Investigación Integral del sitio minero Cobre Panamá
Consúltalo
Si te lo perdiste
Lo último
stats