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Panamá/El presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Herrera presentó un anteproyecto que reforma la Ley 37 de 2009, sobre descentralización, con cambios que impactan directamente en el flujo de recursos hacia los municipios y en la estructura de la Autoridad Nacional de Descentralización (AND).
Su propuesta es inyectar una mayor cantidad de recursos a las alcaldías y aumentar las dietas de la AND, pese al llamado de austeridad que ha proclamado el actual gobierno y en medio del proceso de investigación que adelantan el Ministerio Público y la Contraloría General de la República sobre el uso irregular de fondos mediante el esquema de la descentralización paralela en varios gobiernos locales durante la administración pasada.
En ese sentido, eleva el piso mínimo de transferencias a los municipios. La ley vigente garantiza que ningún distrito reciba menos de $500,000 en concepto de impuesto de inmuebles, no obstante, la nueva propuesta sube ese umbral a $1,000,000. En palabras del diputado, se introduce una “fórmula de solidaridad intermunicipal” para equiparar a los municipios que reciban menos de ese millón.
Lea aquí la propuesta
El diputado proponente, que tiene más de 20 años en su faceta como municipalista, argumentó que este cambio busca “fortalecer las arcas municipales” y garantizar una distribución más equitativa de los fondos para inversión local, según se lee en la exposición de motivos del proyecto.
Otro aspecto que llama la atención es el aumento de las dietas de la Junta Directiva de la AND. Según la Ley 37 reformada en 2015, cada miembro recibía “cien balboas por cada reunión” y un tope mensual de $1,000. Ahora, el nuevo texto eleva esa dieta a “quinientos balboas por cada reunión de la Junta Directiva a la que asista” con un tope de $1,000.00 mensuales.
La reforma también amplía la integración de la Junta Directiva de la AND, incluyendo al contralor general de la República y dos representantes de la sociedad civil vinculados al desarrollo municipal.
En su exposición de motivos, el proyecto resalta la necesidad de un proceso “ordenado, transparente y responsable en la utilización y manejo de fondos” y enfatiza la rendición de cuentas a través del Sistema Electrónico de la Contraloría (Sierc).
La propuesta que Herrera presentó al Legislativo , el 6 de agosto, debe ser discutida en la Comisión de Asuntos Municipales.
Otro de los cambios de fondo tiene que ver con la planificación. Mientras la Ley 37 solo exigía a los municipios elaborar planes estratégicos distritales y de corregimiento, sin mayores consecuencias si no se cumplían, ahora el proyecto establece que todos los gobiernos locales deberán presentar un Plan Estratégico de Desarrollo Distrital obligatorio a cinco años. El incumplimiento de esta disposición no será un asunto menor: limitará tanto el traslado de competencias como la transferencia de recursos.
Actualmente, la ley se limitaba a señalar la obligación de los municipios de transparentar su gestión, pero sin fijar mecanismos concretos. En ese sentido, la propuesta del diputado Herrera obliga a que las alcaldías y juntas comunales utilicen el Sistema Electrónico de Rendición de Cuentas de la Contraloría y mantengan actualizados los portales de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, lo que permitirá a la ciudadanía un mayor acceso a la información pública.
En materia de competencias municipales, la legislación vigente establecía que el traslado de funciones desde el Gobierno Central debía darse de forma gradual, con acompañamiento técnico. La reforma, en cambio, condiciona ese proceso a que cada municipio obtenga una certificación de capacidades emitida por la Autoridad Nacional de Descentralización, la cual deberá basarse en indicadores y criterios definidos en la propia ley.
El fortalecimiento fiscal de los municipios es otro punto que reforma el proyecto. Hasta ahora, las alcaldías recibían lo recaudado por el impuesto de inmuebles y podían destinar un 10% —o hasta un 25% en el caso de municipios rurales y semiurbanos— para gastos de funcionamiento. Con la reforma, además, se establece que las empresas privadas que ejecuten obras financiadas por el Estado deberán pagar tasas y tributos municipales en proporción a la inversión realizada en su jurisdicción.
Además, se incluye un componente de formación. Mientras la normativa anterior apenas mencionaba la necesidad de capacitar a los funcionarios locales, el nuevo texto ordena una capacitación continua e ininterrumpida de los gobiernos locales, ligada a un sistema de acreditación municipal que servirá como requisito indispensable para recibir nuevas competencias y recursos.
El presidente de la Asamblea ha sido un claro defensor de los gobiernos locales, esta no sería la primera vez, que se propone reforma la Ley 37 para darle mayores recursos a las alcaldía.
En mayo de 2020, en medio de la pandemia que atravesaba el país, el gobierno pasada, en medio de las quejas de los gobiernos locales, sancionó la Ley 155 del 15 de mayo, que entre otras cosas, estableció que los municipios y juntas comunales del país usaran el Impuesto de Bienes Inmueble para funcionamiento, pero además tuvieron la potestad de contratar “mano de obra” para realizar labores específicas, durante y después de la emergencia nacional.
“Durante la vigencia de 2020 , los municipios podrán destinar el 100% del monto final que reciben en concepto del Impuesto de Bienes Inmuebles, incluyendo todos los saldos no comprometidos en los años fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 para gastos de funcionamiento”, se lee en la ley, parágrafo transitorio. Estos recursos no comprometidos eran para obras que no lograron adjudicarse y que se van acumulando.