Alerta Amber | Gobierno reglamenta ley e incorpora inteligencia artificial, y geolocalización para búsqueda

La población podrá participar activamente en el sistema mediante reportes a través del 911, la línea 104, plataformas digitales y otros canales de mensajería y comunicación oficial.

Activación de alerta Amber / Arellys Marquínez

Panamá/Un año después de que el presidente José Raúl Mulino sancionara la Ley 469 del 8 de mayo de 2025, que subrogó la Ley 230 de 24 de junio de 2021, el Gobierno reglamentó el Sistema Nacional de Alerta Amber con nuevas herramientas tecnológicas y procedimientos orientados a agilizar la localización de niños, niñas y adolescentes desaparecidos.

El Decreto Ejecutivo No. 11, publicado este miércoles en Gaceta Oficial No. 30548, define las funciones de la Oficina de Activación Temprana y establece los mecanismos de coordinación entre las instituciones involucradas en la búsqueda y recuperación de menores reportados como desaparecidos.

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Al igual que la Ley 469 deja claro que habrá un plazo máximo de cinco horas para que, una vez recibida la denuncia y en condiciones normales, se proceda con la difusión pública de la alerta, con el objetivo de acelerar la respuesta de las autoridades.

Inteligencia artificial, drones y geolocalización

La nueva normativa incorpora el uso de herramientas tecnológicas avanzadas para fortalecer las labores de búsqueda. Entre ellas figuran la inteligencia artificial, sistemas de geolocalización, cámaras de videovigilancia (CCTV), drones y aplicaciones móviles. Estas tecnologías estarán bajo la coordinación del Sistema Nacional de Alerta AMBER y deberán utilizarse respetando las normas de protección de datos personales.

La reglamentación también crea una estructura permanente encargada de recibir denuncias, verificar la información, coordinar la activación y desactivación de las alertas. La Oficina de Activación Temprana contará con unidades de Operaciones, Comunicación Digital, Análisis y Estadística, Tecnología e Infraestructura, Comunicación Estratégica y Asesoría Legal.

Difusión masiva en todo el país y coordinación con Interpol y Migración

La búsqueda podrá apoyarse en una amplia red de difusión que incluye radio, televisión, prensa escrita y digital, redes sociales oficiales, mensajes de texto y sistemas Cell Broadcast, paneles electrónicos, terminales de transporte, aeropuertos, puertos y empresas privadas que se adhieran al sistema.

La reglamentación contempla mecanismos de cooperación internacional cuando exista riesgo de que un menor haya sido trasladado fuera del país.

En esos casos, la Oficina de Activación Temprana trabajará de manera coordinada con la Interpol, el Servicio Nacional de Migración, el Ministerio Público y otras instancias internacionales competentes.

Ciudadanía tendrá un papel clave y habrá sanciones por uso indebido

La población también podrá participar activamente en el sistema mediante reportes a través del 911, la línea 104, plataformas digitales y otros canales de mensajería y comunicación oficial.

La norma establece responsabilidades administrativas, civiles o penales para quienes incumplan las obligaciones previstas en el sistema o suministren información falsa con la intención de activar una alerta.

Además, los medios de comunicación que alteren, manipulen o hagan un uso indebido de la información oficial de la Alerta Amber podrán ser objeto de las sanciones correspondientes.

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