Cadena de Frío: Agroindustriales de Merca Panamá ya no cuentan con exoneración en pago de arrendamiento

De acuerdo con el documento, la Cadena de Frío eliminó la exoneración respaldada en lo dispuesto por la Ley 38 de 2000 y la Ley 90 de 2013, tras consultas realizadas a la Procuraduría de la Administración.

Merca Panamá.
Merca Panamá. / TVN Noticias

Panamá/Los arrendatarios agroindustriales de la Nave 72 (Cerro Punta) de Merca Panamá deberán empezar a pagar el canon de arrendamiento, luego de que la entidad dejara sin efecto la exoneración que había sido otorgada desde 2018 mediante la Resolución No. MNCF-JD-001-2018.

La nueva resolución, emitida en septiembre de 2025 y publicada hoy en la Gaceta Oficial, elimina las cláusulas quinta y séptima que permitían a varios arrendatarios de la Nave 72 operar sin pagar canon durante los primeros cinco años del contrato, bajo el argumento de compensar las inversiones realizadas en la adecuación de sus cubículos.

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De acuerdo con el documento, la Cadena de Frío eliminó la exoneración respaldada en lo dispuesto por la Ley 38 de 2000 y la Ley 90 de 2013, tras consultas realizadas a la Procuraduría de la Administración y a la Defensoría de la Administración, entidades que coincidieron en que la Junta Directiva no tenía facultad legal para exonerar tarifas, cánones de arrendamiento ni otros cobros.

Según los criterios jurídicos citados, la única vía para otorgar exoneraciones de este tipo es la emisión de un Decreto Ejecutivo o la aprobación de una Ley, lo que no ocurrió en 2018. Por ello, la Cadena de Frío concluye que la resolución de ese año fue emitida “sin competencia” para ello, lo que habilita su revocatoria.

Con la revocatoria, los arrendatarios deberán asumir las tarifas vigentes establecidas en 2018, que permanecen en efecto y no fueron modificadas por la nueva resolución. Estas tarifas son:

  • $4.50 por metro cuadrado en concepto de canon de arrendamiento
  • $1.50 por metro cuadrado en cuota de mantenimiento

Lo que representa un total de $6.00 por metro cuadrado, que ahora deberán pagar los agroindustriales que por años estuvieron exonerados. Cabe señalar que son seis las empresas que se encontraban exoneradas.

Seis empresas son las que se encontraban exoneradas.
Seis empresas son las que se encontraban exoneradas. / Gaceta Oficial

La resolución de 2025 ordena además “adoptar los mecanismos” para que los arrendatarios hagan sus pagos conforme al Reglamento Interno y a lo establecido por la Ley 90, lo que implica que deberán asumir el canon de arrendamiento.

Adoptar los mecanismos que contempla tanto la Ley 90 de 7 de noviembre de 2013, así como el Reglamento Interno para los Arrendatarios de los Mercados Nacionales de la Cadena de Frío, S.A., a fin de que los mismos hagan sus pagos en concepto de canon de arrendamiento dejados de pagar", se lee en el resuelve de la Resolución del 9 de septiembre.

La decisión afecta a varios agroindustriales que desde 2018 habían sido exonerados del pago, entre ellos empresas dedicadas a procesos de frutas y vegetales, que originalmente recibieron la dispensa debido a las inversiones necesarias para adecuar sus módulos. Con la nueva resolución, dichas exoneraciones quedan canceladas y los arrendatarios deberán cubrir el canon estipulado.

Vea aquí las resoluciones:

Documento
Resolución del 9 de septiembre de 2025
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Documento
Resolución de exoneración de 2018
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