Condenado por corrupción podría ser beneficiado con rebaja de pena en la administración Cortizo

Municipio de Arraiján

Omar Arturo Rugliancich, fue condenado por la comisión del delito de peculado por un monto $. 71,539.55 contra el erario del Municipio de Arraiján.

Corte Suprema de Justcia
Corte Suprema de Justicia / TVN Noticias

Tras un año y dos meses detenido, Omar Arturo Rugliancich, el exjefe de Recursos Humanos del Municipio de Arraiján, condenado a siete años por peculado contra el Municipio de Arraiján, tuvo la fortuna de aparecer en el listado de los privados de libertad que podrían ser beneficiados con una reducción de pena.

La lista, en la que figuran 56 reos, fue publicada por el Ministerio de Gobierno el pasado 16 de enero del 2023 en el sitio web de la entidad, de igual forma se publicó una lista de 12 privados de libertad que se beneficiarían con la libertad condicionada.

Rugliancich fue condenado en el 2018, y permaneció prófugo de la justicia por 4 años, pues fue apresado en noviembre del 2021 en medio de un operativo de rutina de la Policía Nacional que, al introducirlo en el pele pólice se percataron que estaba siendo requerido para cumplir la condena de 84 meses de prisión.

Ante las críticas surgidas en redes sociales por el beneficio que se le daría a Rugliancich, el ministro de Gobierno Roger Tejada, salió al paso en su cuenta de Twitter, indicando que según las leyes panameñas la reducción de pena es permitida.

La rebaja de penas por delitos comunes es permitida mediante el artículo 184 numeral 12 de nuestra Constitución, siempre que el reo cumpla con los requisitos dispuestos por la Ley para optar por una”, posteó Tejada.

A este comentario no hizo falta quien respondiera, uno de ellos fue el precandidato por la libre postulación para el circuito 4-1 Jorhan Castillo quien escribió:

“Que sea legal no significa que sea Moral, ¡vergüenza debería darte estar justificando algo tan bajo como eso! Eso pasa cuando designan a personas que no tienen idea de lo que es administración pública y solo te ponen por favores político. De verdad que eres bien descarado”.

Mientras que hubo otros que se preguntaban cuáles eran los requisitos que debían cumplir los reos, además de cuáles son los delitos comunes.

¿Qué dice el mencionado artículo 184 numeral 12 de la Constitución?

Se trata del artículo 184 del Título VI del Capítulo I que habla sobre las atribuciones que ejerce el Presidente de la República con la participación del Ministro de Gobierno respectivo. En el numeral 12 establece que es prerrogativa del Presidente:

“Decretar indultos por delitos políticos, rebajar penas y conceder libertad condicional a los reos de delitos comunes”.

Sin embargo, no menciona los requisitos que deben cumplir los privados de libertad.

El presidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), Juan Carlos Araúz, explicó que, en este caso el Constituyente le concedió esta prerrogativa al Presidente para conceder la reducción de pena, por lo que todo el tema de los requisitos desaparece, por ello, el tiempo que lleve una persona detenida no tiene nada que ver y no se entra a valorar.

“Es una facultad que el Constituyente le otorgó al Presidente de la República, no hubo limitación alguna, simplemente el Presidente está en la capacidad de hacer una reducción de pena, basta más el deseo del Presidente”, indicó.

El abogado señaló que como está de por medio el factor político, siempre los Presidentes son cautelosos de que esas decisiones no sean consideradas a manera de que impulsan la impunidad, por lo que temas de salud, el arrepentimiento y la reinserción en la sociedad como un ciudadano productivo han formado parte de las consideraciones para otorgar el beneficio.

Diferenció entre los indultos que están limitados a delitos políticos y desaparece la condena del mundo jurídico. Mientras que la reducción de pena no hace que la sentencia desaparezca del mundo jurídico ni sus consecuencias.

Continuó diciendo que, al ser un tema no jurídico por ser una potestad, lo que está en debate es si su ejercicio se compadece en las distintas oportunidades con alguna motivación que supere el espíritu de una sociedad que reclama castigos en tema de la comisión de conducta que afectan a la sociedad, sin embargo, no es una circunstancia debatible en el mundo de lo jurídico.

“Estas figuras como los indultos, reducción de pena, y designación d magistrados busca que el Presidente tenga una autorregulación para evitar que en el ejercicio de las prerrogativas implique un debate de su funcionamiento”, puntualizó.

Araúz respaldó la reducción de pena señalando que han servido como una herramienta eficiente para atender lo humanitario como circunstancias salud, unificación familiar, segunda oportunidad u otros factores, por lo que no debería ser vista para descalificarla, sino, si su uso es correcto.

Omar Arturo Rugliancich, fue condenado por la comisión del delito de peculado por un monto $. 71,539.55 contra el erario del Municipio de Arraiján. 

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