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Panamá/Apenas 24 horas después de su publicación en la Gaceta Oficial, la Ley 500 de 2025 —que modifica la normativa que regula el ejercicio de la abogacía en Panamá y elimina el requisito obligatorio del examen de barra— fue demandada por presunta inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.
La acción fue presentada por el abogado Julio Fidel Macías, quien advierte que la nueva normativa “debilita el régimen de idoneidad profesional y altera competencias institucionales vinculadas al ejercicio de la abogacía”.
Macías, en su escrito, sostiene que la formación y la evaluación previa para acceder a la abogacía son esenciales para garantizar la calidad del foro y la protección de los derechos ciudadanos. “Estoy convencido de que la formación, la ética y la idoneidad mínima son esenciales para preservar la calidad del foro y la protección de los derechos de la ciudadanía. Defender esos principios es también defender la justicia”, afirmó el abogado al presentar la demanda.
Establece que la reforma aprobada viola artículos de la Constitución y del Código Judicial.
La Ley 500 fue sancionada y publicada ayer en la Gaceta Oficial, luego de que la Asamblea Nacional la aprobara por insistencia, rechazando las objeciones del Órgano Ejecutivo. El presidente José Raúl Mulino , inicialmente, había vetado el proyecto señalando que era “un retroceso significativo en el ejercicio de la abogacía, al impedir la elevación de los niveles profesionales que la carrera exige y que la ciudadanía legítimamente demanda”, pero la mayoría parlamentaria desestimó el veto y dio paso firme a la entrada en vigencia de la reforma.
La normativa introduce cambios en los requisitos de idoneidad profesional, los mecanismos de evaluación académica y el régimen de sanciones por el ejercicio ilegal de la abogacía.
Del análisis del documento presentado ante la Corte, Macías plantea varios puntos de inconstitucionalidad, entre ellos, la eliminación de controles mínimos de idoneidad. En la demanda señala que la Ley 500 reduce los estándares profesionales mínimos, debilitando los mecanismos que permiten al Estado garantizar que quien litigue reúna las condiciones necesarias para ejercer con diligencia y responsabilidad.
El documento advierte que la ausencia de controles adecuados compromete la efectividad del derecho a la tutela judicial de los ciudadanos, quienes dependen de una representación legal competente.
El abogado acusa a la ley de trasladar competencias que constitucionalmente corresponden a la Corte Suprema de Justicia hacia otras entidades, afectando la estructura encargada de garantizar la idoneidad profesional.
Según el texto, la reforma “transgrede el mandato constitucional que exige al Estado verificar la aptitud profesional para ejercer la abogacía”.
Plantea también que la eliminación o debilitamiento de los mecanismos evaluativos impactará de forma directa a los usuarios más vulnerables del sistema, quienes dependen de una defensa jurídica eficaz para la protección de sus derechos.
Sostiene que el resultado sería “un sistema incapaz de cumplir con el mandato constitucional de garantizar una defensa jurídica efectiva”.
La nueva ley modifica el artículo 2 de la normativa de 2022 y define nuevos requisitos para obtener el certificado de idoneidad profesional:
La Ley 500 asigna a la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá la responsabilidad de aplicar el examen único de acceso, con un temario acordado entre todas las universidades que imparten Derecho.
La institución debe fijar la fecha de la prueba en un plazo máximo de un mes después de recibir los documentos del aspirante.
La Corte Suprema deberá admitir la demanda para iniciar el análisis constitucional. De momento, la Ley 500 continúa vigente, pero la acción legal abre un nuevo capítulo en el debate sobre la calidad del ejercicio profesional y el rol de las instituciones encargadas de garantizarla.