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Estos son los días feriados de noviembre: ¿Cuánto le deben pagar según el Código de Trabajo?

Aunque los días en que se honra a la patria en diferentes provincias del país son los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre, no todos son feriados por ley.

Desfiles de bandas en La Chorrera
Desfiles de bandas en La Chorrera / TVN Noticias

La llegada del mes de la patria ya está a la vuelta de la esquina: noviembre. Este es el mes en el que se rinde homenaje a los históricos gestos que realzaron la soberanía nacional.

Por esta razón, hay varios feriados y días libres que arrancan el próximo lunes 3 de noviembre con la celebración de la separación de Panamá de Colombia y culminan el viernes, 28 de noviembre, día de la independencia de España.

Aunque los días en que se honra a la patria en diferentes provincias del país son los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre, no todos son feriados por ley. Únicamente se reconocen como días feriados las siguientes fechas:

  • Lunes 3: Separación de Panamá de Colombia
  • Miércoles 5: Día de la Consolidación de la Separación de Panamá de Colombia (celebrado en Colón)
  • Lunes 10: Grito de Independencia de La Villa de Los Santos
  • Viernes 28: Independencia de Panamá de España

En términos salariales, estos días son especiales. El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) establece una serie de disposiciones salariales para los trabajadores del sector privado que laboren durante las próximas fiestas patrias de noviembre.

Según lo establecido en el artículo 49 del Código de Trabajo, los empleados que trabajen los días 3, 5, 10 y 28 de noviembre recibirán un recargo del 150% sobre su salario ordinario. Esta medida aplica dado que estas fechas están designadas como días de fiesta o duelo nacional, siendo de descanso obligatorio.

La normativa también establece que todo trabajador que preste servicios durante los días feriados tendrá derecho a un día de descanso compensatorio durante la misma semana.

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