Juicio Odebrecht: las claves del caso que sacudió al Estado panameño
El expediente judicial, que acumuló casi ocho años de investigación, recoge el reconocimiento expreso de la empresa brasileña ante los Tribunales de los Estados Unidos, de haber operado una unidad denominada División de Operaciones Estructuradas, identificada como “Caja 2”, utilizada para promover un esquema sistemático de sobornos.
Ciudad de Panamá/Panamá vuelve a mirar de frente uno de los mayores escándalos de corrupción de su historia reciente. El caso Odebrecht, que durante años marcó la agenda judicial, política y social del país, entra en una fase crucial con el desarrollo del juicio a los 29 implicados que quedan acusados, luego de que dos pactaran acuerdos de pena la mañana de hoy lunes, 12 de enero.
Este caso revela, de acuerdo con el auto de llamamiento a juicio, con el que hoy inició la jueza Baloisa Marquínez el desarrollo de la primera fase de esta parte del proceso, “la creación de un entramado delictivo continuado, dedicado a pagar sobornos a cambio de asegurar los cobros por los contratos existentes y la obtención de millonarios contratos de obras públicas con el Estado”, utilizando para ello la llamada Caja 2 de la empresa Constructora Norberto Odebrecht.
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¿Por qué están sentados en el banquillo de los acusados?
La juez Baloisa Marquínes concluyó en su llamamiento a juicio que existe plena prueba sobre la existencia del hecho punible, conforme a las reglas de la sana crítica o mediante “graves indicios”, contra los imputados por el delito contra el orden económico en su modalidad de blanqueo de capitales.
En su análisis, la juzgadora estableció que, aunque la jurisprudencia ha determinado la autonomía e independencia del delito de blanqueo de capitales, “se infiere en este caso la existencia de delitos precedentes que acreditan que los fondos investigados procedían de origen ilícito, así como también, la introducción de estos dineros al sistema financiero panameño buscando encubrir, ocultar y disimular su origen, ejecutándose así el delito de blanqueo de capitales”, como lo es el caso del delito de corrupción de servidores públicos.
El blanqueo de capitales como delito autónomo
La juez Marquínes subrayó que el blanqueo de capitales es un delito autónomo e independiente, lo que implica que no requiere la prueba de un delito precedente para su configuración penal. No obstante, del análisis del caso se infiere la comisión del delito de corrupción.
Sobre este punto, en su análisis aclara que, aunque la corrupción fue declarada prescrita, ello no equivale a una declaratoria de inocencia, sino únicamente a la imposibilidad legal de imponer una sanción penal por ese delito específico.
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Sobornos internacionales y la llamada “Caja 2”
El expediente judicial, que acumuló casi ocho años de investigación, recoge el reconocimiento expreso de la empresa brasileña ante los Tribunales de los Estados Unidos, de haber operado una unidad denominada División de Operaciones Estructuradas, identificada como “Caja 2”, utilizada para promover un esquema sistemático de sobornos.
Según consta en el auto, esta estructura sirvió para encubrir “pagos inapropiados a y para beneficio de funcionarios en el extranjero y partidos políticos”, los cuales alcanzaron $788 millones a nivel internacional, canalizados mediante sociedades fachadas o pantallas.
En el caso panameño, exdirectivos de Odebrecht declararon, en acuerdos de pena y de colaboración eficaz, haber entregado más de $59 millones entre los años 2010 y 2014 a funcionarios o personas vinculadas al gobierno, con el objetivo de asegurar pagos de obras ya adjudicadas y garantizar la participación de la empresa en nuevos contratos públicos.
Características del esquema delictivo
El auto de llamamiento a juicio detalla una serie de elementos que evidencian el mecanismo utilizado para el blanqueo de capitales, sustentados en los indicios presentados por la Fiscalía Anticorrupción, entre ellos:
- Uso de testaferros o personas interpuestas.
- Vinculación con sociedades ficticias carentes de actividad económica real.
- Inexistencia de relaciones comerciales que justificaran los movimientos financieros.
- Fraccionamiento de ingresos mediante depósitos bancarios.
- Negocios simulados.
- Cambios sistemáticos y continuos de dinero.
Proyectos públicos bajo la sombra de las coimas
El esquema de sobornos se habría aplicado en importantes proyectos de infraestructura, entre los que figuran:
- Línea 1 y 2 del Metro de Panamá.
- Cinta Costera, Fases 2 y 3.
- Proyecto Remigio Rojas.
- Ampliación del Aeropuerto Internacional de Tocumen.
- Interconexión vial entre la Avenida Balboa y la Avenida de los Poetas.
- Construcción del microtúnel en Curundú para el proyecto de Saneamiento de la Bahía, entre otros.
El principio de especialidad y el caso Martinelli
En relación con el expresidente Ricardo Martinelli, el auto de llamamiento aborda el principio de especialidad, calificándolo como un “tema superado”, luego de declararse la pérdida de vigencia de dicho principio.
Esta decisión fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia, con base en la posición del Departamento de Estado de Estados Unidos, que al momento de la formulación de cargos por el caso Odebrecht, el exmandatario ya no gozaba de esa condición jurídica.