Fallo que declaró inconstitucional contrato de Panama Ports está en firme

En la decisión, el máximo tribunal concluyó que, luego de examinar el contrato-ley, este resulta “lesivo para los intereses de la colectividad”, al incurrir en violaciones directas del orden público y contravenir la Constitución Política.

Instalaciones de Panama Ports
Instalaciones de Panama Ports / TVN Noticias

Ciudad de Panamá, Panamá/El fallo que declaró inconstitucional el contrato de concesión otorgado a Panama Ports Company (PPC) está en firme y dejó sin efecto la concesión para operar los puertos de Balboa, en el Pacífico, y Cristóbal, en el Atlántico. El fallo fue publicado en la Gaceta Oficial este lunes 23 de febrero.

En la decisión, el máximo tribunal concluyó que, luego de examinar el contrato-ley, este resulta “lesivo para los intereses de la colectividad”, al incurrir en violaciones directas del orden público y contravenir la Carta Magna. La Corte precisó que el efecto de la declaratoria de inconstitucionalidad debe interpretarse en el sentido de que no existe concesión.

El fallo se refiere específicamente a las demandas de inconstitucionalidad acumuladas contra la Ley N.° 5 de 16 de enero de 1997, que aprobó el contrato entre el Estado panameño y Panama Ports Company, así como a sus adendas y al acto de prórroga.

Violaciones constitucionales

En el documento, la Corte determinó que la ley vulnera los artículos 17, 18, 19, 32, 50, 258, 259 y 280 (numeral 2) del Estatuto Fundamental, por lo que procedía su declaratoria de inconstitucionalidad bajo el principio de universalidad de la interpretación constitucional.

La decisión fue adoptada durante la sesión ordinaria del pasado 29 de enero de 2026, según informó el Órgano Judicial. El contrato permitía a la empresa el desarrollo, construcción, operación, administración y dirección de terminales portuarias de contenedores, carga general, carga a granel, Ro-Ro y de pasajeros en ambos puertos estratégicos del país.

Para el abogado Roberto Ruiz Díaz, el Estado no puede tomar control directo de los bienes muebles (equipos, grúas, etc.) propiedad de la empresa. Debe negociar con la compañía una venta o arrendamiento o, en el peor de los casos, proceder con la expropiación de estos.

Según su parecer, hay que recordar que no existe una ley que prohíba la actividad, y nada impide que se otorgue un permiso especial por determinado tiempo,

Origen de la demanda

El proceso judicial se originó a partir de dos demandas de inconstitucionalidad. Una fue presentada por los abogados Norman Castro y Julio Fidel Macías Hernández, y la otra por el contralor general de la República, Anel Flores, tras una auditoría al contrato de concesión.

Según el funcionario, Panama Ports Company habría incumplido obligaciones contractuales, lo que señaló generó una pérdida económica cercana a los mil millones de dólares para el Estado panameño por ingresos que se habrían dejado de percibir.

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