Corte Suprema rechaza demanda de inconstitucionalidad sobre proyecto río Indio
Argumentaban seis posibles violaciones a la Constitución en cuanto a temas ambientales y derechos humanos, entre los que menciona el “desconocimiento del Acuerdo de Escazú”, tratado internacional del que Panamá es parte desde el 2018, que protege los derechos de los defensores del medio ambiente.
Ciudad de Panamá, Panamá/La Corte Suprema de Justicia decidió no admitir una demanda de inconstitucionalidad, presentada por un grupo de campesinos que buscaba detener el proyecto de embalse de río Indio, específicamente contra una resolución de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) que da el concepto de prioridad a la construcción del reservorio multipropósito.
La demanda presentada por la Sociedad Agraria de Transformación “Coordinadora Campesina por la Vida” buscaba que se declarara inconstitucional la resolución N°ACP-JD-RM-25-1542 del 29 de enero de este año, que establece el proyecto río Indio como prioridad dentro del presupuesto de inversiones de la ACP, como parte del “Programa de Proyectos Hídricos”, a fin de obtener y administrar de manera sostenible el recurso para las poblaciones aledañas a la cuenca hidrográfica del canal de Panamá, para su funcionamiento “seguro, continuo, eficiente y rentable”.
Argumentaban seis posibles violaciones a la Constitución en cuanto a temas ambientales y derechos humanos, entre los que menciona el “desconocimiento del Acuerdo de Escazú”, tratado internacional del que Panamá es parte desde el 2018, que protege los derechos de los defensores del medio ambiente.
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Asimismo, los demandantes pretendían que se declara inconstitucional la resolución ya que, según señalaban, la ACP se convertiría en juez y parte sobre la decisión del uso de la cuenca de río Indio; sin embargo, el fallo que tuvo como ponente a la magistrada Mirian Cheng Rosas y votado a favor de forma unánime, resuelve que lo presentado por los abogados Santander Tristán y Benjamín Reyes, apoderados judiciales de la Sociedad Agraria de Transformación “Coordinadora Campesina por la Vida”, no daba pie a iniciar un proceso para entrar en el fondo del asunto y decidir sobre la inconstitucionalidad de dicha resolución.
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