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Ciudad de Panamá, Panamá/El juicio por el caso Odebrecht en Panamá entró este miércoles 14 de enero en su tercer día de audiencias con la culminación de la lectura del auto mediante el cual el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales abrió causa criminal y llamó a juicio a 31 personas y posteriormente.
Tras iniciar la presentación de pruebas extraordinarias, sustentadas en asistencias judiciales internacionales, la defensa solicitó la suspensión del proceso para revisar el caudal probatorio, petición ante la cual la jueza Baloisa Marquínez accedió a un receso de tres días, el viernes, lunes y martes próximo.
Una vez culminada la lectura del llamamiento a juicio, cerca de las 2:00 p.m. se dio paso a la etapa de presentación de pruebas extraordinarias, lo que generó un intenso debate procesal entre los abogados defensores, la Fiscalía y el tribunal, debido al volumen sin precedentes de documentación que el Ministerio Público pretende incorporada al proceso.
La defensa pidió la suspensión del juicio, argumentando que la Fiscalía busca introducir miles de fojas contenidas en múltiples cajas, cuya revisión exhaustiva —aseguraron— resulta materialmente imposible en el tiempo inicialmente previsto.
La abogada Guillermina McDonald fue una de las primeras en intervenir, señalando que la defensa, integrada por más de veinte abogados, requiere un plazo razonable para analizar la viabilidad legal, pertinencia y cumplimiento de los requisitos procesales de las pruebas anunciadas. En ese sentido, solicitó la suspensión de la audiencia con base en el artículo 22.67 del Código Judicial, que permite hasta cinco días de receso. A esta solicitud se sumó el abogado Vallarino.
Ante los cuestionamientos, la Fiscalía Especial Anticorrupción confirmó que todas las pruebas extraordinarias se encuentran digitalizadas y precisó que el mayor volumen corresponde a asistencias judiciales internacionales.
Entre ellas figura una asistencia proveniente de Estados Unidos, compuesta por 22 tomos originales y 22 tomos traducidos, que abarcan desde la foja 1 hasta la 10,939. También se mencionó una asistencia de Perú, contenida en siete tomos con aproximadamente 2,500 fojas, relacionada con la sociedad Isagón y otras personas investigadas. A ello se suma documentación procedente de Antigua y Barbuda, con más de 200 fojas, además de otras pruebas de menor volumen.
Tras escuchar a las partes, la jueza Baloisa Marquínez reconoció la preocupación de la defensa y la necesidad de garantizar el derecho a examinar la prueba y el principio de inmediación. No obstante, aclaró que no resultaba procedente la suspensión total solicitada, debido a que las pruebas aún no han sido admitidas formalmente y a la existencia de diligencias previamente programadas, como testimonios desde el extranjero.
En su decisión, el tribunal ordenó que la Fiscalía inicie de inmediato la introducción de las pruebas extraordinarias, mientras que la defensa podrá acceder a las versiones digitalizadas. Asimismo, se concedió un receso parcial de tres días (viernes, lunes y martes) para que los abogados defensores revisen el material. La jueza precisó que el miércoles siguiente deberán regresar a sala preparados para sustentar sus objeciones, si así lo consideran.
Con el inicio formal de esta etapa, la fiscal del caso explicó que varias de las pruebas corresponden a respuestas de asistencias judiciales internacionales recibidas con posterioridad al 18 de julio de 2023, fecha en la que el Ministerio Público presentó sus pruebas ordinarias. Según indicó, se trata de diligencias solicitadas durante la fase de investigación, algunas de ellas requeridas años atrás, pero cuya remisión se concretó posteriormente.
La primera prueba presentada corresponde a una asistencia judicial internacional proveniente de la República del Perú, contenida en la nota FASAI 3671 del 21 de septiembre de 2023, recibida el 25 de septiembre de ese mismo año.
El expediente consta de al menos 2,500 fojas distribuidas en siete tomos, debidamente autenticados, e incluye diligencias relacionadas con la sociedad Isagón, así como consultas a registros de propiedades, entidades bancarias y órganos judiciales peruanos. La fiscal Ruth Morcillo indicó que se trata de una de las pruebas más extensas y relevantes del proceso.
Como segunda prueba, se presentó una asistencia jurídica internacional remitida por Brasil, contenida en la nota FASAI 4143 del 18 de octubre de 2024, que incluye 10 fojas útiles correspondientes a la transcripción del audio de la declaración de Olivio Rodríguez, vinculada directamente a los hechos investigados.
La tercera prueba corresponde a documentación remitida por Andorra, relacionada con la asistencia judicial internacional número 31 de 2017 y su ampliación. El conjunto probatorio incluye 35 fojas útiles, además de un disco compacto (CD) con los audios originales de declaraciones, incorporados para permitir a las defensas verificar la fidelidad de las transcripciones.
Seguidamente se continuó con la presentación de la prueba número cuatro, correspondiente a una respuesta de asistencia judicial internacional remitida por el Principado de Andorra, la cual guarda relación directa con la asistencia jurídica mutua número 31-2017 y su respectiva ampliación.
De acuerdo con lo expuesto en audiencia, esta prueba está contenida en la nota FASAI 5019-24 del 27 de diciembre de 2024, mediante la cual se remite una comunicación fechada el 12 de diciembre de 2024, procedente de la Secretaría de Estado de Justicia e Interior del Principado de Andorra. La documentación incluye las diligencias practicadas por las autoridades andorranas dentro de la solicitud de asistencia jurídica mutua en materia penal número 31 de 2017.
El material probatorio también incorpora la ampliación de la asistencia judicial, identificada con el número 800011/2017, fechada el 17 de abril de 2019, la cual mantiene relación directa con el expediente que se ventila en este proceso penal.
Según detalló la Fiscalía, parte de la documentación remitida por Andorra se encuentra en idioma catalán, razón por la cual se adjuntó la nota FASAI 2596-25 del 24 de junio de 2025, mediante la cual se incorporó la traducción oficial del catalán al español de los documentos enviados, garantizando así su correcta valoración por las partes y el tribunal. En cuanto al volumen, la Fiscalía precisó que la prueba consta de 41 fojas correspondientes al documento original en idioma catalán y 22 fojas adicionales de la traducción oficial al español.
Como quinta prueba, la Fiscalía presentó una respuesta de asistencia legal mutua remitida por la Fiscalía General de Singapur, dentro de una investigación por blanqueo de capitales. La solicitud fue formulada el 25 de septiembre de 2020 y la respuesta oficial fue recibida en septiembre de 2025, como parte del paquete de pruebas internacionales extraordinarias.
De igual forma, se dio paso a la prueba número seis, correspondiente a una respuesta de asistencia judicial internacional en materia penal remitida por el Gobierno de Antigua y Barbuda, relacionada con varias solicitudes de cooperación jurídica formuladas por el Ministerio Público panameño.
De acuerdo con lo expuesto en audiencia, esta prueba agrupa las asistencias legales mutuas números 3-2019 y 28-2019, dirigidas a Antigua y Barbuda, y guarda relación directa con los acusados Eduardo Lucio Patrao, Javier Humberto de León y Aaron Mizrachi.
La Fiscalía detalló que la documentación original consta de 1,046 fojas útiles, las cuales fueron recibidas el 22 de noviembre de 2024. Posteriormente, se incorporó la traducción oficial al español, compuesta por 217 fojas útiles, recibida el 16 de junio de 2025, mediante la nota 2022-29 JUEZ-25 del 2 de junio de 2025. Aunque la comunicación oficial hace referencia a 216 páginas, la Fiscalía precisó que, tras la foliación interna del oficio remisorio, el total real asciende a 217 fojas, cifra que fue dejada en constancia ante el tribunal.
Finalmente, la Fiscalía introdujo la prueba número siete, correspondiente al oficio 6903 del 24 de octubre de 2024, remitido por el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales, el cual adjunta copias autenticadas del auto mixto número 5 del 31 de julio de 2023.
Este documento, compuesto por 47 fojas útiles, está relacionado con un sumario por la presunta comisión de delitos contra la administración pública, específicamente modalidades de peculado en perjuicio del Ministerio de Obras Públicas, vinculados a los proyectos Patrimonio Histórico y Vía Domingo Díaz, parte del proyecto de reordenamiento vial.
Según la Fiscalía, esta prueba permite demostrar que, de forma paralela a la investigación por blanqueo de capitales, el Ministerio Público desarrolló procesos específicos para acreditar delitos de corrupción y sobrecostos en contrataciones públicas, mecanismo descrito previamente por el sentenciado Freddy Barco en sus indagatorias.
La fiscal Morcillo ha reiterado que, en el caso de los beneficiarios de fondos vinculados a campañas políticas, quienes se han defendido de las acusaciones ante los medios de comunicación, corresponde a la Fiscalía probar que existía conocimiento del delito, aspecto que será abordado dentro de la etapa probatoria.
Según los últimos reportes del Ministerio Público, el proceso ha permitido la recuperación de más de 85 millones de dólares, producto de bienes decomisados, devoluciones de dinero por parte de personas condenadas y multas impuestas en el marco de los acuerdos de pena. Esta cifra sin actualizar las devoluciones de los últimos acuerdos de pena pactados y los dineros recuperados en la banca privada internacional.
Con el inicio de la presentación de pruebas, el juicio entra en una de sus fases clave para el análisis del esquema financiero descrito por la Fiscalía dentro del caso Odebrecht en Panamá.
Dentro del análisis contenido en el auto de llamamiento a juicio leído en el tribunal, la jueza Baloisa Marquínez detalla las presuntas vinculaciones de varias personas imputadas en el caso Odebrecht, entre ellas Michelle Lasso, Carlos Duboy y Aarón Ramón Mizrachi Malca, a partir de los elementos aportados por la Fiscalía Anticorrupción.
Según lo expuesto en el expediente, Michelle Lasso habría jugado el papel de firmante y supuesta beneficiaria de sociedades que actuaron como receptoras de fondos provenientes de Odebrecht. Estos dineros habrían sido utilizados para pagos calificados por la investigación como indebidos o no contabilizados, ejecutados en el extranjero mediante el uso de otras sociedades manejadas por el Departamento de Operaciones Estructuradas de Odebrecht.
Las investigaciones de la Fiscalía determinan que los fondos recibidos por Lasso tendrían como supuesto destinatario final a Juan Carlos Varela Rodríguez, bajo la justificación de donaciones de campaña, elemento que forma parte del análisis judicial sobre el destino real de los recursos.
En el caso de Carlos Duboy, exministro de Vivienda, el auto señala que figura como beneficiario final y representante legal de la sociedad Strategic Management Group Inc., entidad que presuntamente recibió transferencias de dinero provenientes de sociedades utilizadas dentro del esquema conocido como la “caja dos” de Odebrecht, mecanismo empleado para realizar pagos no contabilizados a través de su Departamento de Operaciones Estructuradas.
Durante sus descargos, según lo leído en el tribunal, Duboy indicó que los fondos correspondían a donaciones para actividades políticas, recibidas tanto a título personal como a través de la sociedad, en su condición de subtesorero de la junta directiva del Partido Panameñista y miembro del comité de finanzas.
De acuerdo con su versión, su función era recolectar aportes de empresas privadas y particulares para cubrir gastos de campaña, como publicidad, logística, planilla y actividades proselitistas. Sin embargo, también manifestó que el apoyo económico se canalizó a través de un ejecutivo de Odebrecht, quien le habría indicado que la política de la empresa era no realizar aportes directos a partidos políticos, sino hacerlo mediante terceros.
Respecto a Aarón Ramón Mizrachi Malca, el auto recoge su presunta vinculación con la trama de sobornos de Odebrecht, a partir del análisis de movimientos financieros asociados a la sociedad Caribbean Holdings Services, Ltd.
Según lo expuesto en el tribunal, los fondos habrían sido movilizados mediante transferencias y otros mecanismos financieros dirigidos a distintas personas cercanas al poder político de la época, con el objetivo de dificultar el rastreo del dinero por parte de las autoridades encargadas de la prevención del blanqueo de capitales.
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En la parte final del auto de apertura de causa criminal dentro del caso Odebrecht, la jueza Baloisa Marquínez dictó sobreseimientos provisionales y definitivos a favor de varias personas naturales y una persona jurídica, según el análisis realizado en el expediente.
El juzgado otorgó sobreseimiento provisional a las siguientes personas:
En tanto, el sobreseimiento definitivo fue concedido a: