Surgen reacciones por adquisición de tierras estatales a menos de un centavo por parte de Yanibel Ábrego

Tierras Estatales

Piden a la Anati rendir declaraciones sobre adquisición de tierras estatales de la diputada Ábrego / Redacción de TVN Noticias
Saydie González - Periodista Multimedios
11 de abril 2023 - 08:00

Ciudad de Panamá, Panamá/La diputada y precandidata presidencial en las elecciones internas del partido Cambio Democrático, Yanibel Ábrego, se ve envuelta en un nuevo escándalo al conocerse que la misma adquirió tierras del Estado por menos de un centavo el metro cuadrado.

Según una publicación del diario La Prensa, Ábrego adquirió 18.4 hectáreas tituladas, mismas que se encuentran divididas en dos fincas en Capira, específicamente en el área montañosa del corregimiento de Cirí Grande.

Las tierras estatales fueron entregadas a la diputada el 23 de marzo de 2023 por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati) por un valor de 120 dólares.

Sin embargo, no han sido las primeras tierras estatales compradas por la diputada Ábrego.

En julio de 2012 obtuvo 9.4 hectáreas de tierras ubicadas en el mismo corregimiento por un monto de 60 dólares, menos de 6.50 dólares por la hectárea o milésimas de centavo por metro cuadrado. Las mismas limitan con el río Indio y la calle río Indio de Los Chorros de Jordanal, Capira.

En Noticias AM, el abogado Ernesto Cedeño explicó que según la Ley 80 de 2009, que reconoce derechos posesorios y regula la titulación de zonas costeras o territorio insular, permite que de alguna forma las personas puedan adquirir una titulación en norma de tierra.

De acuerdo con Cedeño, el artículo 59 de esta norma fue modificada en el 2010 por la Ley de la Anati. Esta indica que: La nación reconoce la posesión de una persona natural o jurídica por un periodo mayor de 5 años sobre la tierra en la nación, territorio insular y la zona costera. La posesión podrá ser adquirida por una persona que la tuvo.

Además, el artículo 5 de la Ley 80 cita que: Se podrá otorgar títulos gratuitos de parcela de terreno de hasta 50 mil metros cuadrado ubicado en la zona costera ubicable en bien de la nación, territorio insular o zona costera a personas que demuestren haber tenido la posesión.

“Esta norma que fue reglamentada en 2010 permite que las personas accedan a estas tierras. Personas que tengan la oportunidad de poder titular puede acudir a la Anati y realizar su petición. Estas tierras son nacionales y no cuentan con limitaciones para que sean adjudicadas”, señaló Cedeño sobre estas normas.

El abogado Cedeño explicó que como existe esta norma jurídica y muchas personas desconocen acerca del proceso de adjudicación, algunas personas aprovechan esta situación y se apropian de los terrenos ante la entidad y en cualquier momento le pueden dar la adjudicación. 

Desde su punto de vista, Cedeño considera que algunas normas de esta Ley son inconstitucionales y que esta situación se ha dado gracias a la flexibilidad de los contralores de la Contraloría General de la República desde 2010.

“Esta norma mantiene un artículo abiertamente inconstitucional. Específicamente el artículo 180 de la constitución numeral 2, sin embargo, hasta el momento yo no he tenido conocimiento de que alguno de estos contralores ha querido cambiar la misma”, manifestó Cedeño.

Con respecto a si un político puede adquirir este bien, Cedeño puntualizó que estos pueden perfectamente adquirirlos sin importar el partido político al que pertenezcan, siempre y cuando se sujeten a la ley, sin embargo, a su juicio esta norma jurídica que buscaba ayudar a las personas que menos poseían fue aprovechada por estos políticos con miras a obtener más dinero. 

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