Magistrado Arrocha defiende jubilaciones especiales; afirma que se busca 'hacer justicia' a los jueces

Ciudad de Panamá/El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Olmedo Arrocha, se pronunció sobre el acuerdo que establece jubilaciones especiales para magistrados y jueces.

Arrocha afirmó que esta medida busca “hacer justicia” a los jueces del país, argumentando que, al momento de retirarse, merecen recibir condiciones similares a las que tienen otros servidores públicos.

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Esta decisión lo único que busca es hacerles justicia a los jueces, y yo creo que dejando fuera de la ecuación a la Corte, por lo menos no dudo de que nuestros jueces se merecen no menos de lo que otros servidores públicos reciben a la hora de retirarse”.

El magistrado añadió que el Órgano Judicial está dispuesto a escuchar observaciones y atender las críticas que surjan. “Definitivamente sabemos escuchar, sabemos hacer observación social y eventualmente nos vamos a reunir para evaluar la situación con mucho respeto”, puntualizó.

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¿Qué establece el nuevo acuerdo de retiro especial para magistrados y jueces?

El acuerdo N.° 407 del 18 de julio de 2024 y publicado en Gaceta Oficial el viernes 8 de agosto establece la creación de un fondo de compensación por retiro dirigido a jueces y magistrados del Órgano Judicial. La medida señala que, de los 519 jueces y magistrados que integran el Órgano Judicial, alrededor de 133 —equivalentes al 26 %— cumplen actualmente con la edad de retiro o jubilación.

En el mismo se estableció que, desde el 1 de enero de 2025, los jueces y magistrados que alcancen el derecho a jubilación podrán recibir una compensación económica, calculada sobre la base del último salario devengado y complementada por la institución, luego de descontar el monto que cubra la Caja de Seguro Social (CSS).

El impacto presupuestario de la medida representa el 0.26 % del presupuesto institucional.

La escala de compensación será la siguiente:

  • Magistrados de la Corte Suprema: 100 % del último salario devengado. Si culminan su periodo constitucional o se retiran antes de cumplir los requisitos de jubilación según la Ley Orgánica de la CSS, conservarán el derecho a la compensación al momento de jubilarse.
  • Magistrados de Tribunales Superiores: 60 % de la diferencia entre el último salario y la pensión cubierta por la CSS.
  • Jueces de Circuito: 50 % de la diferencia entre el último salario y la pensión cubierta por la CSS.
  • Jueces Municipales: 40 % de la diferencia entre el último salario y la pensión cubierta por la CSS.

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