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Ciudad de Panamá/El Metro de Panamá reiteró a los usuarios las disposiciones establecidas en el Reglamento del Viajero sobre el uso y transporte de bicicletas, patines, monopatines y otros elementos similares dentro de sus instalaciones, con el objetivo de garantizar la seguridad y el orden en el servicio.
De acuerdo con el Artículo 7, numeral 6 del reglamento, “está prohibido circular con estos dispositivos dentro de las instalaciones del Metro”.
No obstante, se permite su transporte a mano durante las horas de menor ocupación de los trenes, siempre que no representen molestias para el resto de los pasajeros.
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La normativa también faculta al personal del Metro de Panamá a decidir si autoriza o no el acceso de estos elementos al sistema.
La empresa explicó que la evaluación para permitir el ingreso de bicicletas no se basa únicamente en el espacio visible disponible dentro de un vagón, sino en una serie de condiciones operativas y de seguridad.
Entre ellas se consideran la afluencia general de usuarios en andenes, trenes y áreas de circulación, particularmente durante temporadas de alta demanda como el mes de diciembre.