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Ciudad de Panamá/Desde el lunes 20 de abril se habilitó el registro en la plataforma digital para que jubilados, pensionados y herederos puedan gestionar el cobro de los Certificados de Pago Negociables por Intereses por Mora (Cepanim).
Carmen Jaén, coordinadora de entregas del Cepadem y Cepanim del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), explicó en Noticias AM cómo es todo el proceso para realizar el registro.
A continuación le detallamos todos los pasos para que pueda realizar el trámite.
Lo primero que deberá hacer es ingresar al sitio web https://cepanim.mef.gob.pa/portal. Una vez ingrese a este enlace, se abrirá el portal que mostrará dos ventanas, una verde para registrarse en el Cepanim y una azul para el Cepadem.
Luego debe presionar en la opción registrarse en la ventana verde de Cepanim. Le saldrá un mensaje que dirá: "Bienvenido a la Solicitud de Trámite del CEPANIM".
Debe hacer clic en el botón “Registrarse” si usted aún no se ha registrado, para poder obtener sus datos de acceso para el seguimiento a su trámite.
En el registro, colocará su nombre, cédula, teléfonos de contacto, correo electrónico y una contraseña segura. Al finalizar su registro, se habilitará una pestaña con las opciones "beneficiario vivo" o "beneficio fallecido". Al elegir una de estas opciones, deberá adjuntar sus documentos de identidad personal, como copia de cédula y copia de su carnet de seguro social. Estos datos serán evaluados por los agentes de atención del Ministerio de Economía y Finanzas, quienes se contactarán con el beneficiario cuando tenga los certificados impresos disponibles.
Si usted ya ingresó su solicitud de trámite, puede acceder a la consulta a través del botón “Ingresar”, en donde debe poner el correo y contraseña que colocó al realizar el registro.
La funcionaria aclaró que el monto que le corresponde no se muestra en la plataforma, sino que será una información que solo se facilita en las oficinas del MEF o a través del contacto 506-6100.
Deberá colocar la opción de beneficiario fallecido al realizar el registro, y luego allí adjuntar la cédula del fallecido y la certificación de defunción, el certificado de matrimonio si es cónyuge y la cédula del cónyuge, y si son hijos, el certificado de nacimiento y la cédula del hijo. Si son varios hijos, y todos llenan el formulario, cuando se entregue el certificado, deben ir todos cuando se les cite.
"Mi recomendación es que se pongan de acuerdo y una sola persona llene el formulario para retirar el certificado", sugirió. En el caso de que el hijo viva en el extranjero y llene el formulario, deberá notariar un poder para autorizar a los demás hermanos.
Se evalúan lugares estratégicos para brindar información a los beneficiarios que no tengan acceso a internet o se les dificulte el proceso tecnológico.
Una de las preguntas del formulario al realizar el registro es la provincia en donde quiere retirar el certificado, allí tendrá la opción de colocar la provincia en donde usted reside, y se le especificará la dirección de la regional en donde se entregarán los certificados.
Los documentos personales deben ser legibles y vigentes, además también tendrá que presentarlos en físico al momento de ser citado por los agentes del MEF.
De acuerdo con Jaén, en las últimas 24 horas se han registrado más de 15 mil personas. La funcionaria solicitó a las personas respetar el horario y días de citas para evitar aglomeraciones y largas horas de espera. Si usted tiene alguna consulta que no fue resuelta en esta nota, podrá comunicarse con funcionarios del MEF a través del 506-6100.
Dentro de la plataforma tendrá varias opciones para consultar el proceso de registro y los datos del beneficiario. Importante colocar el número de teléfono al que desea ser contactado para la cita.
Se trata de un pago de los intereses por mora como derecho derivado de la retención de la segunda partida del décimo tercer mes de los años 1972 a 1983, a los servidores públicos y trabajadores del sector privado que laboraron durante ese periodo.
El pago fue ordenado tras la sanción de Ley 506 del 15 de enero de 2026. Se tiene previsto que los pagos inicien a partir de junio 2026. Con estos certificados, se salda una deuda histórica reconocida legalmente, que estuvo pendiente por más de cuatro décadas, con trabajadores del sector público y privado, cuyos orígenes se remontan a hace más de 50 años.
Estos certificados tienen valor económico real, son transferibles, no pagan impuestos y no pueden ser embargados.
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