Pago de Cepanim: Jubilados piden 'plata completa' y protestan frente al Banco Nacional

Guillermo Cortés, del movimiento de jubilados Mundos, cuestionó que se tenga que esperar tanto tiempo para el cobro completo, ya que la Ley 15 de 2017 establece un fondo especial proveniente de los dineros comisados contra la administración pública para el pago del Cepadem y el Cepanim.

Jubilados protestan en el Banco Nacional contra esquema de cobro del Cepanim

Ciudad de Panamá/Decenas de jubilados se manifestaron este martes 24 de junio frente al Banco Nacional de Panamá para expresar su desacuerdo con el esquema de cobro establecido para los pagos de los Certificados de Pago Negociables por Interés por Mora (Cepanim).

Durante la concentración en la sede de la institución ubicada en Vía España, los jubilados hicieron un llamado a las autoridades del Banco Nacional y a las entidades involucradas para que revisen el mecanismo de pago vigente y adopten alternativas que faciliten el acceso completo a los recursos que les corresponden.

Y es que el Banco Nacional fijó sus tasas de descuento por cambiar el Cepanim entre el 15% y 26%, dependiendo del tiempo de vencimiento de cada certificado, los cuales tienen fechas de vencimiento entre 3 y 6 años.

Estas condiciones han sido rechazadas por los beneficiarios, quienes se oponen a cobros de excesivos descuentos para canjear los certificados antes de la fecha de vencimiento establecida por el gobierno nacional.

Guillermo Cortés, del movimiento de jubilados Mundos, detalló que en este día asistió a una reunión con ejecutivos del Banco Nacional, en donde dejaron claro que no están de acuerdo con el mecanismo presentado por la institución.

Mencionó que en la reunión recordó que la Ley 506 de 2026 establece que los fondos del Cepanim serán a través del fondo especial para efectos de cumplir tanto con el pago del Cepadem como con el Cepanim. Dicho fondo se creó mediante la Ley 15 de 2017.

“Estamos claros de que la gente esté impaciente, me incluyo”, afirmó al tiempo que llamó a la calma a los demás grupos de jubilados y que la manifestación no se salga de control, porque ese no era el objetivo del movimiento Mundos.

“El tema no es hacer una alharaca sin necesidad, primero tenemos que escuchar a las autoridades, conversar con ellos, tenemos que plantear la solución a esto y que se nos baje el porcentaje de descuento. No podemos caer en el juego de la violencia sin necesidad", expresó.

Cortés afirmó que la próxima acción será dirigir una nota al ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, para conocer cuánto dinero existe en ese fondo especial.

“Porque si esos dineros son específicamente para cumplir con este compromiso, tienen que ser utilizados para este compromiso”, subrayó.

La Ley 15 de 2017 es la que ordena el pago de la segunda partida del décimo tercer mes de los años 1972 a 1983 y establece la fuente de financiamiento.

En el artículo 2 se establece la creación del “fondo especial para el pago de los derechos reconocidos por esta ley, cuya fuente de ingreso comprende los dineros comisados y el producto de la venta de los bienes muebles e inmuebles bajo esta misma categoría, en los casos de condenas por delitos contra la administración pública. El fondo será administrado por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la cuenta única del Tesoro”.

El artículo 3 de la ley en mención establece que: Las sumas que se paguen a los servidores públicos y trabajadores del sector privado serán iguales a la suma de los montos adeudados correspondientes a los periodos comprendidos durante los años 1972 a 1983, en concepto de la segunda partida del décimo tercer mes, más el interés devengado por el periodo de doce años a una tasa de 3%.

Hasta el cierre de esta nota, las autoridades no habían informado sobre posibles cambios en el esquema de cobro cuestionado por los jubilados. No obstante, los manifestantes reiteraron su disposición al diálogo con el objetivo de encontrar una solución que responda a las necesidades de los beneficiarios.

¿Qué es el Cepanim?

Se trata de un pago de los intereses por mora como derecho derivado de la retención de la segunda partida del décimo tercer mes de los años 1972 a 1983, a los servidores públicos y trabajadores del sector privado que laboraron durante ese periodo.

El pago fue ordenado tras la sanción de la Ley 506 del 15 de enero de 2026. Se tiene previsto que los pagos inicien a partir de junio de 2026. Con estos certificados, se salda una deuda histórica reconocida legalmente, que estuvo pendiente por más de cuatro décadas, con trabajadores del sector público y privado, cuyos orígenes se remontan a hace más de 50 años.

Estos certificados tienen valor económico real, son transferibles, no pagan impuestos y no pueden ser embargados.

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