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Ciudad de Panamá, Panamá/La Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate la suspensión de los efectos de la Ley 468 de 2025 y el restablecimiento de la vigencia de la Ley 3 de 1985 referente a los intereses preferenciales, con el objetivo de resolver la paralización de miles de préstamos hipotecarios.
Según informó la Asamblea, esta decisión busca dar cobertura al período comprendido entre el 2 de agosto y el 31 de diciembre de 2025 a cerca de nueve mil préstamos hipotecarios que se encuentran paralizados debido a contradicciones legales. Los préstamos se encuentran paralizados debido a que la Ley 468 de 2025 no cubre el período mencionado para el otorgamiento de interés preferencial en la compra de viviendas de hasta 120,000 dólares.
El ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime Jované, explicó que esta propuesta se enfoca sobre todo en favorecer a miles de familias panameñas que esperaban adquirir una vivienda nueva mediante préstamos hipotecarios que les permitieran pagos accesibles y cómodos acordes con sus ingresos familiares.
Jované aclaró que, aunque con la Ley 468 se intentó dar continuidad a los casos en trámite, la subrogación de la Ley 3 de 1985 hizo imposible para el sistema financiero realizar una transición efectiva entre ambas normativas. El titular del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) manifestó que esta situación paralizó todos los préstamos formalizados, las inscripciones de escrituras públicas y el reconocimiento de nuevos préstamos que aplicaban bajo la Ley 3 de 1985.
Con esta modificación legislativa, se dará cobertura a todos los préstamos de intereses preferenciales que se suscriban para viviendas hasta el 31 de diciembre de 2025. La Ley 3 de 1985 finalizará su vigencia y la Ley 468 de 2025 entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
En relación con la exoneración del impuesto de transferencia de bienes inmuebles en primera venta, se estableció que, durante el tiempo en que los trámites se encuentran paralizados por las contradicciones de la Ley 468, se extiende la exoneración para viviendas con permisos de ocupación hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta exoneración aplicará para aquellas propiedades cuya inscripción en el Registro Público se realice a más tardar el 31 de diciembre de 2025.