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Ciudad de Panamá/La controversia legal en torno a las sanciones por mal estacionamiento en el distrito de Panamá ha escalado hasta las máximas instancias judiciales del país.
Ante la Corte Suprema de Justicia, el diputado y abogado Ernesto Cedeño ha presentado formalmente una demanda contencioso-administrativa de nulidad, acompañada de una solicitud de suspensión provisional de los efectos, en contra del Acuerdo N° 184 del 23 de junio de 2026.
Dicha normativa, emitida por el Consejo Municipal y promulgada en la Gaceta Oficial el pasado 1 de julio de 2026, oficializó la medida administrativa temporal de inmovilización, mediante el uso de botas inmovilizadoras, para aquellos vehículos que obstruyan o dañen servidumbres públicas, aceras, vías municipales, áreas verdes y demás espacios de dominio público en la ciudad.
El punto central del conflicto radica en la sanción económica establecida por el acuerdo alcaldicio, la cual estipula un cobro de 75.00 dólares como tasa requerida para proceder con el retiro del dispositivo inmovilizador de las ruedas del automóvil.
Al respecto, el diputado Cedeño manifestó que, si bien se encuentra en contra del desorden urbano y apoya la remoción con grúa o la imposición de multas por mal estacionamiento en determinados lugares, no coincide con la implementación de esta nueva bota sancionatoria.
El abogado argumentó que la tasa de $75 representa una doble sanción para los ciudadanos, por lo que solicita a la Corte Suprema de Justicia revisar la medida, señalando además que el Consejo Municipal no puede arrogarse competencias que le corresponden a la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), institución que debe ejercer su papel regulador basándose en las sanciones ya contempladas en el reglamento de tránsito.
Mientras se espera un pronunciamiento oficial de los magistrados de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo sobre la admisión y las solicitudes de la demanda, la Alcaldía de Panamá ha mantenido una postura reservada respecto a la acción legal. En ocasiones anteriores, la administración alcaldicia había defendido la legalidad de la medida asegurando que no existía una duplicidad de sanciones en relación con las atribuciones de la autoridad de tránsito, ya que dicha sanción sería administrativa.
Al ser consultadas sobre este nuevo recurso judicial, el Municipio de Panamá indicó que de momento no emitirán declaraciones adicionales hasta que la institución sea formalmente notificada y puesta en conocimiento detallado del expediente legal, paso necesario para proceder con sus argumentos de respuesta en el proceso.
Información de María De Gracia
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